DESCRIPCIÓN: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa, sancionatoria o ético profesional.
NORMATIVIDAD: Según el numeral 34 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, son deberes de todo servidor público “recibir, tramitar y resolver las quejas y denuncias que presenten los ciudadanos en ejercicio de vigilancia de la función administrativa del estado”.
COMPONENTES BÁSICOS DE UN BUEN SERVICIO: Dichos componentes se encuentran totalmente orientados a prestar un servicio de CALIDAD; dichos componentes son.
Seguridad, Credibilidad, Comunicación, Comprensión del usuario, Accesibilidad, Cortesía, Profesionalismo, Trabajo en equipo, Fiabilidad, Capacidad de respuesta, Debida infraestructura y mobiliaria.
RECEPCIÓN: La recepción está a cargo de la Secretaría General, sí en desarrollo de esta actividad la solicitud no compete a la contraloría Municipal de Barrancabermeja se le informara de inmediato al peticionario indicándole el ente correspondiente al cual debe dirigir su requerimiento, sí dado el caso el peticionario insiste en radicarla en la contraloría dicha petición será admitida y la contraloría se encargara de remitirla al ente correspondiente.
NOTA: exceptuando las denuncias de control fiscal.
COSTO: El ejercicio de PQRSD es gratuito, y puede realizarse por cualquier persona sin la necesidad de representación alguna a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.
TIEMPO DE RESPUESTA: Según la ley 1755 de 2005, de la constitución política el plazo general para contestar una petición se da dentro de los 15 días hábiles después de su radicación.
MEDIOS ELECTRÓNICOS: La contraloría municipal de Barrancabermeja cuenta con el Sistema Integrado de Atención al Ciudadano, y el e-mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para que de manera virtual los usuarios puedan realizar sus denuncias.
TRAMITE: Se realiza de 2 formas posibles, ya sea presencial o virtual.
Si es de forma presencial se da en la ventanilla única para la recepción de PQRSD en la Secretaria General o bien en la asignada por la entidad, por otro lado puede optar por una llamada telefónica en la cual puede establecer su PQRSD de manera directa y verbal, dicha llamada será direccionada por la Secretaria Ejecutiva a la Secretaria General donde se dejara constancia y se direccionara el trámite de la misma. El número telefónico puede ser encontrado en la página web de la entidad.
De manera virtual a través de los medios electrónicos que posee la entidad como su e-mail y el Sistema Integrado de Atención al Ciudadano.
Formule su DENUNCIA